sábado, 3 de noviembre de 2012

Abuela extra: cuidado de niños y mayores a precios anticrisis


Abuela
En la actualidad, compatibilizar las obligaciones familiares y las laborales es muy complicado, sobre todo cuando los dos miembros de la pareja trabajan. No obstante, han ido surgiendo nuevas iniciativas como el portal ‘Abuela extra’, que han creado unas emprendedoras de Badajoz.
La carta de servicios que nos ofrecen es muy variada, ayudándonos con el cuidado de bebés, de niños, tareas domésticas, deberes del colegio, y en general, todos aquellos menesteres del hogar en los que se puedan precisar una persona de apoyo.
En el contexto actual, son muchas las personas que han perdido su puesto de trabajo, y otras que necesitan complementar sus ingresos, así que si usted es una de ellas, he aquí una forma de obtener un dinero extra al tiempo que ayudamos a otras personas que lo necesitan.

Fuente: Ahorro Diario

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Parados, estudiantes y jubilados tienen descuento en masajes de 'Centro Sol Terapias Naturales' en Madrid


Si estás en el paro y eres de Madrid, puede que te interese la siguiente promoción que habla de masajes. Entendemos que es un gasto extra para el que puede que no estés preparado, pero si en tu caso lo estás, quieres y necesitas darte un masaje y lo ibas a hacer quizás en otro establecimiento gastando más dinero, qué mejor que conocer esta oportunidad.

Centro Sol Terapias NaturalesCentro Sol Terapias Naturales‘ es un Centro de Terapias Alternativas en Madrid que ofrece durante el mes de noviembre a los desempleados, jubilados y estudiantes una oferta de masaje. Se trata de un masaje terapéutico descontracturante de espalda y cuello de media hora de duración por un precio de 7 euros a los residentes en Madrid que cumplan alguna de estas condiciones.

Esta oferta es sólo en horario de mañanas y en principio sólo para este mes, aunque no descartan ampliarla en función de la demanda. Consúltalo en su facebook, allí te explican cómo pedir cita.

Fuente: Ahorro Diario


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viernes, 2 de noviembre de 2012

¡MUCHÍSIMO CUIDADO CON LOS CONSEJOS QUE CIRCULAN POR LA RED! ¡PODÉIS TERMINAR EN LA CÁRCEL!


A muchos de vosotros os habrá llegado -vía Facebook o vía em@il- un mensaje en el que comparten un “truquillo legal” dirigido a las personas que tengan abierto un procedimiento de ejecución sobre su vivienda y que se encuentren al borde del embargo.
Os pego el mensaje para que podamos analizar la gravedad del asunto:
“Si estás en peligro de perder tu piso, por no pagar la hipoteca, o si sabes de alguien que está en esa situación, hay una solución totalmente legal: Alquila el piso a algún familiar (que no aparezca en la hipoteca) por un precio simbólico de 1 ó 5€ al mes durante 100 años y registra el contrato en elRegistro de la Propiedad. El banco se quedará el piso, pero no podrá echar al inquilino gracias a ese contrato y tan sólo le tendrá que pagar el alquiler simbólico al mes. Es totalmente legal, hasta que los bancos consigan cambiar la legislación, pero es la mejor solución a los embargos injustos que están haciendo. Por favor, comparte este comentario; cuanta más gente lo sepa, más efecto tendrá!!”
Catalogar esta estrategia como “totalmente legal” es igual de absurdo que decir “hay una solución muy lícita: quemar la casa”. Lo que, a simple vista, puede parecer una buena estrategia para eludir la acción de la justicia, a lo que realmente nos está animando -como quien no quiere la cosa- es a cometer un delito de insolvencia punible, recogido en el artículo 257.1.2º de nuestro Código Penal y castigado con una pena de prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses (multa cuyo importe estaría comprendido -normalmente- entre los 720 € y los 3.000 €, aunque su límite serían 288.000 €). Lo último que le hace falta a una persona que se encuentra en una situación tan desesperada como es una ejecución o un embargo es que le den consejos legales que le van a suponer un juicio (seguro) y, o bien la cárcel, o bien una multa de cuantía considerable (multa que, de resultar impagada, le llevaría irremediablemente a prisión). Ojito con estos temas que, como podréis imaginar, la excusa de “lo leí en Facebook” de nada sirve ante el juez.
El problema de estas cosas es que  la gente oye campanas pero no sabe dónde.
Lo que parece intentar el mensaje (vamos a presumirle ineptitud pero buena fe a su autor) es poner a nuestra disposición el contenido del artículo 29 de la Ley de Arrendamientos Urbanos(LAU para los amigos) que viene a decir que el que adquiere una finca arrendada se tiene que tragar todas las obligaciones del arrendador salvo que concurran los requisitos del artículo 34 de la Ley Hipotecaria, motivo por el cual nos recomienda inscribir el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad. Con todos mis respetos, éste es el consejo legal que os daría un abogado incompetente y temerario. Detallemos los disparates:
1)     El artículo 29 de la LAU corresponde al título “de los arrendamientos para uso distinto del de vivienda”, por lo que -salvo que hablemos del arrendamiento de, por ejemplo, un local comercial- NO nos vale si pretendemos evitar el embargo de una vivienda.
2)     Nos encontraríamos ante un contrato celebrado con ánimo de hacerle la picia a un acreedor, conocidos como “contratos en fraude de ley”, y sería rescindible en base alartículo 1291.3 del Código Civil.
3)     Para poder inscribir el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedadtienen que cumplirse dos requisitos:
a.      Que el contrato se haya celebrado con posterioridad al 1 de enero de 1995 (ya estás limitando el tema).
b.      Elevar a escritura pública el contrato de arrendamiento (el notario da fe del contenido del contrato y luego te pone el cazo para que le pagues). El tema es que ningún, repito, ningún notario va a elevaros a público lo que a todas luces es un fraude, más que nada porque se juegan que les imputen el mismo delito, que les sancionen y que les cierren el chiringuito (y sería una pena que eso pasase ahora que van a poder dedicar todo el día a casar tórtolos y a divorciar ex-tórtolos).
No obstante lo anterior, incluso si verdaderamente nos encontrásemos ante un caso que cumpliese con todos los requisitos y que consiguiese tener inscrito en el Registro de la Propiedad su contrato de arrendamiento con anterioridad al inicio del procedimiento de ejecución, la doctrina no se pone de acuerdo sobre si están protegidos o no:
  • Por el contrario, el artículo 134 de la Ley Hipotecaria dice que al carajo todas las inscripciones de terceros poseedores posteriores a la hipoteca, sin excepción (se acabó la protección del inquilino).
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Al margen de toda la parrafada que os he soltado, el verdadero problema radica no ya en que la información sea falsa y delictiva (que ya le vale), sino que nos anima a compartirla con personas que se vean en esa situación. En estas personas, la falta de información sumada a la desesperación puede llevarles a realizar ese “negocio jurídico” sin profundizar en las potenciales consecuencias. Por todo ello, soy yo el que os ruega que no deis difusión a ese mensaje y que, en caso de que lo leáis en el tablón de algún amigo (quien, con toda seguridad, lo habrá colgado con la mejor de sus intenciones) le corrijáis para evitar que se le cause un grave perjuicio a nadie.
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Espero que a ninguno os sea de utilidad directa esta información (dadas las circunstancias que implicaría), pero sí espero que podáis (podamos) evitar que una información diametralmente falsa circule por internet con el riesgo que esto entraña.
Gracias a todos los que contribuyáis a frenar este bulo.

El mapa del paro en España


La recesión continúa tiñendo de rojo un mapa del desempleo que empeora para la casi totalidad de las provincias españolas. El primer mapa muestra el desempleo a finales de 2011 (4º trimestre de la EPA), mientras el segundo mapa muestra la situación actual. Es decir, la evolución del desempleo durante los últimos tres trimestres de crisis. La situación ha empeorado para casi todas las provincias españolas (salvo algunas excepciones, como Burgos, Vizcaya, Baleares o Teruel), mientras el patrón norte-sur del desempleo en España se agudiza: todas las provincias de Andalucía, Extremadura y Canarias superan ya el 30% de desempleo.
El mapa del paro en España
No obstante, el desempleo por sí solo no refleja la destrucción de empleo durante lo que llevamos de año, ya que la disposición a emigrar es distinta para las diferentes comunidades, y también lo es la composición demográfica, que determina en parte las entradas y salidas entre la actividad y la inactividad. Así, un indicador más preciso de destrucción de actividad económica en un territorio es la variación del número de ocupados.
El patrón norte-sur no es tan fuerte al analizar la destrucción neta de empleo, ya que entre las comunidades que más destruyen aparecen La Rioja, País Vasco y Cataluña. En términos absolutos, España cuenta con 835.000 trabajadores menos que hace un año. Las comunidades que más empleo han destruido este último año son Cataluña, con 192.000 empleados menos, y Andalucía, con 155.000 menos (les sigue la Comunidad Valenciana, con 82.000 trabajadores menos). Entre ambas comunidades (Andalucía y Cataluña) acaparan el 41,6% de la destrucción de empleo en España.

Estos titulares sobre el récord de la tasa de paro, ya por encima del 25%, están oscureciendo una vez más la riqueza informativa de los datos de ocupación, que constituyen un termómetro mucho más acertado de la enfermedad que asola nuestra economía. Mientras el fenómeno del paro depende de los flujos entre la actividad e inactividad laboral, de las migraciones interiores y exteriores y de los cambios entre sectores, las cifras de ocupación muestran con nitidez dónde se está produciendo la destrucción de riqueza.
Mientras la estratosférica tasa de paro se trata de un fenómeno coyuntural –algún día volverá a bajar del 10%, aunque hayan de pasar 10 años-, los datos sobre ocupación envían, trimestre tras trimestre, señales claras sobre los cambios estructurales que se están produciendo en nuestro sistema productivo. Empecemos examinando dichas señales que la Encuesta de Población Activa envía:
- La destrucción total de empleo ha afectado a 3,2 de los 20,5 millones de trabajadores que España tenía en el tercer trimestre de 2007, hace justo cinco años; 15 de cada 100 empleados han perdido su trabajo durante esta crisis.
- La distribución por sexos ha sido muy asimétrica: el 83% de dichos 3,2 millones de empleos destruidos corresponde a varones, los cuales siguen siendo aun así mayoría (55%) en el mercado laboral.
- La población joven, concretamente los menores de 35 años, ha soportado la mayor parte de la destrucción de empleo. Si en el tercer trimestre de 2007 trabajaban 8,2 millones de jóvenes, hoy lo hacen 3,1 millones menos. No obstante, hay que tener en cuenta que los trabajadores que en 2007 tenían más de 30 años ya están hoy fuera de dicho grupo. Si corregimos ese efecto demográfico, observamos que la tasa de jóvenes con empleo ha caído del 66% al 44%. Uno de cada tres jóvenes ocupados ha perdido su trabajo.
- El paro lo están soportando casi totalmente los empleados poco cualificados. En 2007, 6,7 millones de trabajadores tenían formación superior, cifra que ha crecido en unas –exiguas, eso sí- 80.000 personas. Así, la destrucción neta de empleo se ha centrado íntegramente en las personas sin formación superior: casi una de cada cuatro personas sin formación superior ha perdido su empleo durante la crisis. España tiene más de 3 millones de desempleados sin formación superior, de los cuales 1,1 millones tienen más de 45 años y, por tanto, con muchas dificultades para “reinventarse”.
 
- Mientras en la construcción se han destruido casi 6 de cada 10 puestos de trabajo y la industria y agricultura sufren con más de un 10% de caída, el nivel de empleo en los servicios prácticamente se mantiene. En 5 años se han destruido 1,6 millones de empleos en la construcción. Un sector que representaba el 12% del PIB ha destruido la mitad de su actividad.
 
- La sangría laboral ha afectado de forma contundente al sector privado. Durante esta crisis, se han destruido 2,7 millones de empleo asalariado en el sector privado; mientras que en el sector público no se ha producido un ajuste de empleo; además, 75 de cada 100 asalariados que han perdido el empleo tenían un contrato temporal.
Hemos elegido mostrar tres gráficos porque reflejan el claro mensaje estructural que envía el mercado laboral: la actual crisis no es solo coyuntural. No tiene sentido hablar de un descenso temporal de la demanda, ya que la destrucción de empleo se centra irremisiblemente en las actividades desarrolladas por trabajadores poco cualificados y fuera del sector servicios, especialmente en los varones (jóvenes y con contratos temporales) del sector de la construcción.
Es indudable que la crisis tiene un componente coyuntural ligado a cómo España financió la burbuja inmobiliaria. El billón de deuda privada asumida –empresas y ciudadanos- para financiar el boom ha estallado en los balances de las antiguas cajas de ahorro, creando un enorme agujero patrimonial. Y la insolvencia de parte del sistema financiero –junto con la del Sector Público- está drenando ingentes recursos financieros que no llegan al resto de la economía.
Pero ello no debe ocultar la realidad que la EPA muestra: el mercado valora cada vez menos las habilidades no cualificadas, una tendencia probablemente irreversible. La caída generalizada de las barreras comerciales, incluso en la prestación de servicios, está deprimiendo los salarios de los trabajadores no cualificados conforme cientos de millones de nuevos trabajadores sin formación se incorporan a la cadena mundial de producción. Sólo el turismo –y ciertas actividades agrarias y de servicios- constituye en España un paraguas para los menos formados, que pueden seguir siendo competitivos debido a nuestro formidable patrimonio natural y cultural.
En una sociedad sin valores igualitaristas con un mercado competitivo, esta situación no supondría un problema. Los salarios descenderían hasta el punto en que contratar a los desempleados fuese de nuevo rentable. Pero casi ninguna sociedad es así –no al menos la española-, y los sistemas de cobertura social y la red familiar suponen una barrera de contención hacia este ajuste vía precios, considerando que las brechas salariales son inadmisibles a partir de cierto punto.
Y ése es el gran reto de la economía española: realizar la transición hacia un modelo productivo viable mientras las salvaguardas del sistema –la protección social y laboral- sufren cada vez más para contener la fractura, actuando incluso en contra. La brecha entre trabajadores cualificados, los cuales operan con tecnología que avanza a velocidad supersónica, y los trabajadores no cualificados, que de repente han de competir con nuevos cientos de millones de trabajadores de renta baja, constituye una de las mayores amenazas de fractura de nuestra sociedad. Esta parece la realidad que la EPA probablemente ya nunca dejará de mostrar.

Fuente: El Confidencial


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jueves, 1 de noviembre de 2012

Taxi GRATIS para familias sin recursos

Mickey, Minnie, Hello Kitty, Bob Esponja y su amigo Patricio, las princesas de Dysney, hadas, mariposas, cachorros… viajan con él y sus clientes todos los días. El taxi de Rafael Segura desprende magia y felicidad.
Este taxista sevillano, que lleva en el sector desde 1985, ha convertido su coche en el más original de toda Sevilla. Hace año y medio, su hija Alicia, de seis años, le dijo que quería que su coche fuese distinto. Dicho y hecho.


Alicia está ahora muy "orgullosa" de Rafael y de su taxi. "Quiere mostrárselo a todos sus amigos", explica su padre a 20 minutos.es, que descubrió este vehículo por casualidad, de camino a una convocatoria.
No hay ni un solo hueco del salpicadero, los asientos, los laterales y sus cinco puertas en el que no haya una pegatina de algún personaje de dibujos animados o un peluche.
Rafael quiere que su taxi esté lleno de color y alegría para que los niños que entran en él se olviden de momento de sus problemas, ya que lo que ofrece este taxista es transporte gratuito a pequeños con cáncer para ir al médico o al hospital a recibir tratamiento.
Conoce de cerca esta patología, sus consecuencias y estados de ánimo y lo importante que es hacer sonreír a los niños en momentos así. En su familia "ha habido casos" de este tipo.
Pero es que su solidaridad va más allá. En momentos de crisis, como los que vivimos ahora, Rafael ofrece transporte gratuito a familias sin recursos con menores a su cargo, con mayores y enfermos a su cargo: "Todos tenemos que poner nuestro granito de arena para ayudar a personas más necesitadas".

Fuente: 20 minutos

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Cómo cobrar la prestación por desempleo de una sola vez

La falta de perspectivas laborales hace que cada vez más parados apuesten por el autoempleo como forma de intentar salir de la crisis. Una de las medidas del Gobierno que incentiva el empleo autónomo es la posibilidad de capitalizar la prestación por desempleo, bien para montar un negocio o bien para pagar las cuotas que implica darse de alta como autónomo en la Seguridad Social.


Según los últimos datos aportados por la Organización de Autónomos UPTA, un total de 92.723 trabajadores autónomos se beneficiaron de esta opción durante el primer trimestre del año para pagar sus cuotas como autónomos a la Seguridad Social. De acuerdo con los datos de UPTA, en el primer trimestre del año se han destinado más de 181 millones de euros a esta medida de promoción del autoempleo.
Solicitar la capitalización del paro
La capitalización del paro es el abono en un pago único del importe de la prestación contributiva por desempleo. Se ofrece a los parados que pretenden incorporarse de forma estable como socios trabajadores o trabajadores en cooperativas o en sociedades laborales constituidas o que quieran hacerse autónomos. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se encarga de divulgar toda la información y normativa sobre la capitalización del paro:
Si el solicitante va a incorporarse como autónomo tiene tres posibilidades de pedir la capitalización del paro:
1.- Puede solicitar y obtener en un sólo pago la cantidad que justifique como inversión necesaria para iniciar la actividad, con el límite máximo del 60% del importe total de la prestación. Si con el 60% no obtiene la cuantía para financiar la inversión inicial, el solicitante puede pedir simultáneamente el abono de importe restante para financiar el coste de las cuotas de la Seguridad Social durante el desarrollo de su actividad como autónomo.
La reciente reforma laboral modifica el pago único de la prestación por desempleo a recibir hasta el 100% cuando los beneficiarios sean hombres de hasta 30 años o mujeres de hasta 35. El límite se fijaba anteriormente en el 80%. Por su parte, los trabajadores discapacitados pueden acceder también al 100% del importe de la prestación.
2.- Puede solicitar exclusivamente la cantidad que justifique con la inversión.
3.- Puede solicitar exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de las cuotas a la Seguridad Social.
Si el solicitante va a incorporarse a una sociedad laboral o cooperativa:
1.- Puede solicitar en un sólo pago una cantidad equivalente a la que tenga que desembolsar para adquirir la condición de socio en concepto de acciones o participaciones del capital social de la empresa -en el caso de tratarse de una sociedad laboral- o para adquirir la condición de cooperativista, sin que se puedan financiar ampliaciones de capital, desembolsos futuros o pagos aplazados.
Al igual que ocurría anteriormente, si el importe de dicho desembolso fuera inferior al de la cuantía de la prestación que tiene pendiente de percibir, puede solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas de Seguridad Social durante el desarrollo de su actividad. En este caso se le abonará mensualmente, una cantidad fija equivalente al importe de la cuota como trabajador por cuenta propia.
2.- Puede solicitar exclusivamente la cantidad que justifique como desembolso para adquirir la condición de socio en concepto de acciones o participaciones del capital social de la empresa.
3.- Puede solicitar el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas de la Seguridad Social.
Requisitos y obligaciones para pedir la capitalización
Para evitar fraudes es necesario que los solicitantes de la capitalización justifiquen la finalidad de la inversión y cumplan una serie de requisitos:
- Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de recibir, a fecha de solicitud, al menos tres mensualidades.
- No haber hecho uso de este derecho en los 4 años inmediatamente anteriores.
Acreditar la incorporación como socio trabajador a una cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral, de nueva creación o en funcionamiento, de forma estable.
Acreditar la realización de una actividad como trabajador autónomo.
- En caso de haber impugnado ante la jurisdicción el cese de la relación laboral origen de la prestación cuya capitalización se pretende, la solicitud de pago único deberá ser posterior a la resolución del procedimiento correspondiente.
La solicitud de capitalizar el paro se debe presentar en la Oficina del Servicio Público de Empleo o Dirección Provincial de la Entidad Gestora que corresponda. Además, se puede presentar conjuntamente con la solicitud de la prestación por desempleo o en cualquier momento posterior, siempre que el solicitante tenga pendiente de percibir al menos tres mensualidades y no se haya iniciado la actividad.
Las personas que perciban la prestación por desempleo en esta modalidad de pago único no podrán volver a percibir ninguna prestación hasta que no transcurra un tiempo igual al que capitalizó. Tampoco podrán solicitar una nueva capitalización al menos durante 4 años.
Quien decide capitalizar el paro tiene, además, una serie de obligaciones:
- Una vez percibido el importe de la prestación tiene que iniciar la actividad laboral en el plazo máximo de un mes.
- Debe presentar ante la Entidad Gestora la documentación acreditativa del inicio de la actividad.
- Debe destinar la cantidad percibida a la aportación social obligatoria en caso de cooperativas o sociedades laborales, o la inversión necesaria para desarrollar la actividad, en el caso de trabajadores autónomos.
¿Qué documentación es necesaria presentar?
En el caso de inicio de actividad como autónomos se requiere:
- Memoria explicativa del proyecto a iniciar y la inversión necesaria.
- Si es una persona trabajadora con discapacidad debe presentar un certificado expedido por el IMSERSO que acredite su condición de discapacidad en grado igual o superior al 33%.
En el caso de debe presentar:
- Certificado de haber solicitado si ingreso en la misma, indicando las condiciones de trabajo como socio de carácter estable, si se fija o no un periodo de prueba y su duración, así como el importe de la aportación obligatoria.
- Si parte de la cantidad obtenida con la capitalización se destina a financiar la aportación voluntaria, el solicitante debe presentar un compromiso de que dicha aportación permanecerá en la cooperativa el mismo tiempo durante el que hubiera percibido la prestación por desempleo en la modalidad de abono mensual.
En el caso de constitución de cooperativa o sociedad laboral de nueva creación el solicitante debe presentar:
- Proyecto de escritura de constitución y estatutos.
- Memoria explícita del proyecto a realizar y documentación que acredite su viabilidad.
- Y al igual que en el anterior caso, si parte de la cantidad obtenida con la capitalización se destina a financiar la aportación voluntaria, el solicitante debe presentar un compromiso de que dicha aportación permanecerá en la cooperativa el mismo tiempo durante el que hubiera percibido la prestación por desempleo en la modalidad de abono mensual.
Algunos grupos políticos han pedido al Gobierno que flexibilice las condiciones de capitalización, ya que la actual configuración plantea barreras insalvables para algunas personas que podrían buscar en el autoempleo una salida a su situación laboral y que actualmente como alternativa sólo pueden buscar financiación bancaria para autónomos. Entre estos obstáculos, critican el hecho de que el emprendedor deje de cobrar la prestación sin que las rentas derivadas de su proyecto sean necesariamente suficientes desde el primer momento. Proponen, por lo tanto, asegurar un mínimo de ingresos que permitan realmente el inicio y la consolidación del proyecto de autoempleo.

Fuente: Invertia

Prohibición de realizar pagos en efectivo superiores a 2.500 €


Ayer salió publicada en el BOE la Ley 7/2012 de normas tributarias y materias antifraude que introduce la prohibición de realizar pagos en efectivo a partir de 2.500 euros siempre y cuando una de las partes intervinientes sea un empresario o profesional.

Esta norma entra en vigor el día 19 de noviembre y será de aplicación para todos los pagos que se realicen a partir de ese día, aunque existan operaciones comerciales anteriores que hayan pactado como medio de pago el efectivo. El caso es que esta medida, tiene un defecto en el propio diseño, tal y como vamos a ver, en la que probablemente, haga que la medida no sea realmente efectiva.


Características de la prohibición de pagos en efectivo


El límite de 2.500 euros es por operación comercial de ventas o prestación de servicios y este límite es válido para los residentes en España. En el caso de que la operación comercial se realice con extranjeros, el límite se eleva a 15.000 euros (o contravalor en divisas) siempre y cuando podamos documentar la identidad de la persona que compra. Este extremo se comprueba con una fotocopia del pasaporte o ducumento de identidad equivalente.

Para evitar operaciones de fraude de ley mediante fraccionamiento, se sumarán el total de partidas pagadas para adquisición de bienes o prestación de servicios. Esto persigue evitar que se hagan múltiples facturas de importes inferiores a 2.500 euros o que se fracciones pagos en efectivo por debajo de esta cantidad. La solución, si la suma total de la operación es superior a 2.500 euros, no se debe poner en práctica esta fórmula de pago.

El alcance de los pagos en efectivo, se extiende más allá de las propias monedas y billetes. Se incluyen también cheques bancarios al portador y cualquier otro medio análogo de pago en el que no quede claro el origen y destino de los fondos como los titulares.

Se introduce una nueva norma que va a complicar más aún la burocracia, dado que obliga a conservar durante el plazo de cinco años, los justificantes de pago realizados en las operaciones comerciales. Por último, de todas estas operaciones, se cifran como excepción, los ingresos y retiradas de efectivo de las entidades financieras.

Por qué no va a funcionar todo lo bien que debe esta medida


Esta medida incluye una nueva figura en el comportamiento legal. Si una de las partes que interviene en una operación prohibida de pago en efectivo y denuncia, se le eximirá del pago del 25% de sanción que lleva aparejado el incumplimiento de la medida. Hasta aquí, todo correcto, no es la primera vez que se convierte en policía a la ciudadanía, pero deja en el tintero un factor clave bajo mi punto de vista, dado que la mayoría de pagos en efectivo se realizan con dinero negro y por tanto, no existe constancia expresa de dicho pago por ninguna de las partes.

Es decir, pensemos en un sector concreto, como es el sector de las joyerías como foco evasor de los pagos en efectivo. ¿Realmente creemos que todo el inventario de las joyerías está catalogado y controlado por Hacienda? Véase por ejemplo, lo que ha ocurrido hace poco en Córdoba, tanto a efectos de IVA como de falta de catálogo de las propias.

Por otra parte, todas las actividades en módulos que no emiten factura y no llevan contabilidad, podrán seguir trabajando en negro y cobrando en efectivo sin mayor problema y sin dejar rastro documental. Desde luego, es una medida que va disuadir a muchos evasores y a focos de dinero negro, pero que no va a mostrar todos los resultados esperados, tal y como podremos comprobar a la vuelta de un año.

martes, 30 de octubre de 2012

10 formas de viajar GRATIS

Intercambio de casas: cómo viajar casi gratis

¿A quién no le gustaría que el viaje de sus sueños fuera barato? Deja de imaginártelo porque ya es posible. La crisis ha impulsado a los turistas a buscar vías alternativas para dormir en cualquier escapda, y cada vez hay más páginas web que las ofrecen.
TripAdvisor, una web con más de 275.000 propiedades de alquiler vacacional en todo el mundo, ha hecho público su segundo Análisis Anual de Tendencias en Alquiler Vacacional, en el que se demuestra queel alquiler es una de las opciones más valoradas por los españoles para disfrutar de sus días de descanso. De hecho un 69% de ellos ha alquilado alguna vez una propiedad para pasar sus vacaciones, sobre todo por la libertad que ofrece, la comodidad y el ahorro que supone en cuanto a la comida.
La situación económica actual empuja a muchos viajeros a reducir los costes de su viaje, por lo que aunque el alquiler sigue estando entre sus opciones más valoradas, también se decantan por otras posibilidades. El intercambio de casas es una de ellas, claramente al alza. Pero hay más...

1.- Para toda la familia

Familink Travel es la primera web dedicada en exclusiva a poner en contacto familias viajeras. En su página puedes contar lo que ofreces, tanto detalles sobre cómo es tu casa –número de habitaciones, cuarto de baño, jardín...– como las actividades que propones para la estancia –por ejemplo, si vives en Madrid visitar el Palacio Real–. El intercambio es gratis; apuntarse a su web cuesta 1 euro.

2.- Con un sofá me basta

Si no eres nada quisquilloso con la cama en la que descansas y podrías dormirte encima de una piedra, esta es la mejor opción para ti.Couchsurfing es una web en la que lo mínimo que se ofrece y que se solicita es un sofá en el que pueda dormir el turista. No se cobra nada al inquilino, pero a cambio sabes que cuando tú viajes fuera siempre habráun sofá esperándote.

3.- Sin barreras

Una página web de agradecer, sin duda. EnIntercambiodecasasinbarreras.com los intercambios se efectúan entre personas que tengan las mismas necesidades de accesibilidad. Un año de suscripción tiene un precio de 54,52 euros (IVA incluido, y a través de ella se tiene acceso a toda la base de datos de las casas que hay disponibles en el portal para que el usuario elija la que más le convenga. Además, con esta cuota se podrán realizar todos los intercambios que quieras durante el año que dura la subscripción.

4.- Alquiler en todo el mundo

Airbnb ya está totalmente asentada en España. Tiene 22.000 propiedades, 7.000 en Barcelona y 2.000 en Madrid. En un año se han gestionado a través de su web un millón de pernoctaciones. Desde lostradicionales apartamentos hasta algo más innovador como casas en el árbol, pasando por refugios rústicos o un castillo francés, o un pueblo español. Airbnb incluye en su catálogo más de 250.000 propiedades, en 190 países y 31.000 ciudades diferentes. Se paga a través de Airbnb -empresa creada hace cinco años en San Francisco-, que cobra una pequeña comisión, por lo que no hay conflicto ni duda con los inquilinos.

5.- De lujo

El intercambio de casas no está reñido con el lujo. En Onefinestay se ofrecen mansiones de cinco estrellas. La única «pega» es que solo sirve si vas a viajar a Londres o a Nueva York puesto que únicamente incluye estos dos destinos en su buscador. Sin embargo, en estas dos ciudades existen más de 500 alojamientos adheridos, que incluyen en su precio el uso de iPhone para llamadas locales gratuitas. El precio: a partir de 200 libras en Londres (hay que recordar que hablamos de lujo).

6.- Entre colegas

Staysatfriends sigue el lema de «Los amigos de mis amigos son mis amigos. Es una nueva red que te conecta con tus amigos y sus amigos, y te permite ver quién tiene un alojamiento disponible, dónde y cuándo. Usar la página es gratis. Solo es necesario disponer de una cuenta de usuario que se consigue al instante identificándote con tus datos de Facebook. El único coste que tendrás que pagar será lo que negocies con tu amigo. Si tienes suerte, incluso puede alojarte gratis...

7.- Por la cara

Morroturismo acaba de lanzarse, y por eso te ofrece el registro gratuito. Aprovecha esta ocasión para formar parte del grupo de «morroturistas» que poco a poco se va gestando. A diferencia de otras páginas web,Morroturismo se centra únicamente en España. La web, muy intuitiva y fácil de seguir, se gestiona con un sistema de puntos, que aumentan si recibes en tu vivienda a otros usuarios de la página.

8.- Hospitalidad sobre ruedas

Si eres un forofo de la bicicleta, esta es tu página web. Warmshowerspropone el intercambio de acogidas entre cicloturistas. Tanto turistas como anfitriones deberán registrarse en la web. Después, a través de un mapa interactivo se encuentra el lugar donde quieres pasar la noche, se envía un mensaje privado al anfitrión y entre ellos efectúan la operación. Warmshowers disponen de aplicaciones para iPhone, iPad y Android, disponibles en la App Store o en Google Play.

9.- En cualquier parte del mundo

IntercambioCasas.com es la versión española de HomeExchange, ambos sitios de lo más consultado en Internet en cuanto al intercambio de alojamientos se refiere. De hecho, la actividad de la red de IntercambioCasas.com ha aumentado un 9% en septiembre-octubre comparado con el mismo periodo de 2011. Ofrece dos tipos de intercambio: el de casas y el de hospitalidad. En el primero, los usuarios intercambian sus casa en una fecha que conviene a ambos. Mediante el segundo, el usuario recibe a una familia en una fecha en la que él no puede viajar, y luego se «muda» a la de su inquilino en los días que mejor le vengan. El registro cuesta 7,95 € al mes.

10.- Tu casa por la mía

HomeforHome es la página líder en Europa en cuanto a intercambio de casas. Tienen un «stock» de más de 29.000 casas en 118 países distintos –en España tienen nada menos que 11.557–. En la propia web de HomeforHome comentan que, por estadística, en la mitad de los intercambios se intercambian también los coches. De esta manera ahorrarás un buen pellizco en tus vacaciones.

Fuente: ABC

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¿Sabías de la nueva promo de Royal Canin? Te invitan a que pruebes gratis sus productos Royal Canin Razas; ¡a tu mascota le encantará!
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50 € de REGALO en Conforama


Renovarse o morir, Conforama, marca para el equipamiento del hogar inaugura su tienda online con unapromoción exclusiva de lanzamiento y que no podemos dejar pasar por alto si queríamos comprar algo para nuestro hogar, lo podremos hacer con un interesante descuento añadido y para celebrar su entrada en la venta por internet.
Conforama

A partir de mañana día 31 de Octubre se regalará 50 euros de descuento en la primera compra efectuada en la web para premiar a todos sus clientes y darles la bienvenida. La marca de decoración tendrá disponibles más de 3.000 artículos con descuentos y promociones exclusivas en su tienda online.

Si mañana te animas cuéntanos tus compras y si de verdad has encontrado ahorro en estos 50 euros de descuento en tu primera compra en Conforama. Les damos la bienvenida al mundo online.

Fuente: Ahorro Diario

Kit "Buena Cara" GRATIS con Clarins

Cupón DESCUENTO Blanco

lunes, 29 de octubre de 2012

Alquiler de ropa de ceremonia para niños


hoy os traigo Celia Castro, una web donde además de poder comprar podrás alquilar la ropa de “etiqueta” para los niños que acuden a este tipo de celebraciones y quieren ir vestidos de príncipes y princesas.

Me parece una idea muy a tener en cuenta para que en ciertas ocasiones nuestro bolsillo no sufra tanto, elegir,alquilar y sólo pagar por el uso de la ropa por un día en concreto. ¿Alquilarías la ropa de los niños para un día especial?

CELIA CASTRO

Minitallas GRATIS Shiseido


Apúntate en esta promoción de Shiseido ¡están regalando minitallas de Intensive Antispot Sérum, un poderoso antimanchas de Shiseido.
Muestras Gratuitas de serum Antimanchas de shiseido

Para hacerte con las muestras pincha aquí

Reutilizar un jersey antiguo


Ahora que esta la moda de reciclarlo todo, ponemos un ejemplo grafico de como convertir  un jersey antiguo en una  falda. Original, útil, sencillo y muy bonito!!

HTC venderá cupones descuento


La última compañía que se ha unido a la fiebre del cuponing es la fabricante de dispositivos HTC. La firma acaba de lanzar en cinco países, Reino Unido, Italia, Alemania, Francia y España, Best Deals, una aplicación que ofrece a los clientes de la compañía acceso directo a un catálogo de ofertas de descuento. 
cupones
No es que HTC se haya lanzado a negociar acuerdos ella misma, sino que se ha asociado con las firmas que ya están en ese mercado para ofrecer ofertas de descuento. Las ofertas no serán por tanto de HTC, sino de sus partners, aunque la compañía añade el plus de toda la información que puede ofrecer un smartphone. El teléfono inteligente sabe dónde está el consumidor, lo que le permite filtrar los descuentos y ofrecer sólo los situados en el área donde está posicionado el cliente.
“Estamos entusiasmados con el lanzamiento de ese servicio que ofrece las mejores ofertas, teniendo siempre en cuenta tus intereses personales, independientemente de donde te encuentres”, indica en un comunicado a los medios de comunicación Cédric Mangaud, vicepresidente de la unidad de Servicios de Valor añadido de HTC..
Entre las compañías que participarán en esta aventura se encuentran LetsBonus, Trip Advisor, Qype Deals y Offerum. La app llega al nuevo HTC One X+, aunque se incorporará en noviembre a Windows 8 y se incluirá en las actualizaciones de software para HTC One X y HTC One S.

Fuente: Ticbeat